Política Antisoborno

Con el propósito de consolidar los principios de integridad, legalidad y transparencia en la gestión de todos los servicios que proporciona la Agencia de Promoción de Inversión y Exportaciones de El Salvador (INVEST), se establece, mantiene y se revisará de manera continua la presente Política Antisoborno.

Para ello, INVEST asume los siguientes compromisos:

i

Cero tolerancia frente al soborno en todas sus formas de expresión.

ii

Los funcionarios y empleados de INVEST se comprometen a cumplir y mejorar continuamente el Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS), basado en la Norma ISO 37001:2016. Esto implica la adopción de acciones concretas para prevenir, detectar y abordar el soborno en todas sus formas de manera racional, proporcional, efectiva y pertinente.

iii

Todo funcionario o empleado de INVEST tiene la responsabilidad de identificar y reportar indicios de soborno, cuando las circunstancias lo permitan. Estos indicios pueden incluir promesas, ofrecimientos de regalos, dádivas u otras ventajas indebidas a cambio de realizar u omitir acciones que beneficien a un tercero. El personal de INVEST que presencie o sea víctima de estas situaciones debe rechazar categóricamente cualquier solicitud u oferta de soborno y denunciar los hechos por medio del sitio web de INVEST (Formulario — Denuncia de soborno en línea), el correo denuncias_soborno@investinelsalvador.gob.sv, el número telefónico 7071-7019 o buzones de denuncia físicos en INVEST, aportando las pruebas que posea para la acción jurídica pertinente.

iv

La Función de Cumplimiento Antisoborno, en conjunto con el liderazgo de su presidente, es responsable de verificar, evaluar y dar seguimiento a la implementación efectiva de esta política, asegurando el logro eficiente y eficaz de los objetivos antisoborno.

v

Los funcionarios, empleados, proveedores, socios de negocios y demás partes interesadas relacionadas con INVEST deben cumplir con los requisitos del SGAS y su política. Es obligatorio para todos aplicar el marco legal y técnico para la prevención del soborno en los proyectos, actividades, relaciones y servicios institucionales.

vi

Los funcionarios y personal que conforman todas las dependencias de INVEST deberán adoptar las medidas necesarias para promover el planteamiento de inquietudes y denuncias de buena fe o sobre la base de una creencia razonable, asegurando la protección, confidencialidad y anonimato de las personas que reporten presuntos actos de soborno, los cuales deberán ser gestionados por la Oficina de Cumplimiento. INVEST garantiza que el planteamiento de inquietudes y denuncias podrá realizarse en un entorno de confianza y sin temor a represalias, prohibiendo expresamente cualquier acción u omisión, directa o indirecta, que afecte de forma desfavorable a funcionarios, empleados, proveedores, socios de negocios o cualquier otra parte interesada que actúe de buena fe o colabore con investigaciones del Sistema de Gestión Antisoborno.

vii

Todo acto de represalia será considerado una falta grave y será sancionado conforme al marco legal aplicable, la normativa interna y los procedimientos del SGAS.

viii

La Función de Cumplimiento tiene la competencia, estatus, responsabilidad, autoridad e independencia en el ejercicio de sus funciones para brindar asesoría y orientación sobre cómo implementar y lograr la mejora continua del SGAS.

ix

Las autoridades de INVEST realizarán investigaciones pertinentes, agotando las instancias administrativas y legales en función de la naturaleza y las particularidades de cada caso, todo ello, sin perjuicio de las sanciones administrativas y acciones penales en que puedan incurrir los infractores, a quienes se les impute un acto de soborno, independientemente de que sean empleados o no de INVEST, considerando el hecho, la naturaleza y gravedad de la falta o incumplimiento.

INVEST, como institución líder en la promoción de la inversión extranjera y las exportaciones de El Salvador, reafirma su compromiso de mantener los más altos estándares de integridad, transparencia y ética en todas sus operaciones y procesos. En este sentido, implementa su Sistema de Gestión Antisoborno (SGAS), del cual esta política forma parte integral. El incumplimiento de la misma podrá dar lugar a sanciones administrativas y acciones legales, incluyendo consecuencias civiles y penales. Por ello, se exhorta a todos los funcionarios, empleados, proveedores, socios de negocios y demás partes interesadas a abstenerse, negarse o participar de manera activa o pasiva en cualquier actividad que pueda constituir un acto de soborno, contribuyendo así a una gestión íntegra y libre de corrupción.

San Salvador, enero 2026

Denuncias de Posibles Actos de Soborno